BOPV nº 76 · 2017-04-21 · Empleo y Políticas Sociales

DECRETO 75/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

En virtud del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la nueva legislatura. El artículo 8 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, determina las funciones y áreas de actuación del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, que conserva su anterior denominación, el cual estará formado, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del mencionado Decreto, por todos los órganos y unidades del extinto Departamento de Empleo y Políticas Sociales, excepción hecha de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social y de la Dirección de Economía Social, ambas de la Viceconsejería de Empleo y Trabajo, así como de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Vivienda. Se incorporan, por otro lado, las funciones, y medios materiales y personales de la Dirección de Juventud y Deportes, en lo referido al área de juventud. En concordancia con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, donde se especifican los criterios organizativos que han de guiar los reglamentos orgánicos, se hace necesario proceder a una reordenación de las diversas áreas de actuación que ya formaban parte del extinto Departamento de Empleo y Políticas Sociales, lo cual implicará la reagrupación de varias de ellas y la consecuente eliminación en la estructura de alguna de las direcciones existentes hasta ahora. En definitiva, todas las circunstancias anteriormente reseñadas ponen en evidencia la necesaria articulación de la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales. Dicha estructura se articula en dos Viceconsejerías, que son la de Empleo y Juventud y la de Políticas Sociales, las cuales a su vez se estructuran en diversas Direcciones en función de cada una de las materias específicas. Asimismo, y aparte de lo anterior, existen otros dos órganos con dependencia jerárquica directa del Consejero o Consejera del Departamento, que son la Dirección de Gabinete y Comunicación y la Dirección de Servicios. En relación a la Viceconsejería de Empleo y Juventud, cabe señalar que la misma asume las competencias y funciones que corresponden a esta Administración en lo que se refiere a las materias de política de empleo, juventud e inclusión social, sin perjuicio de las competencias que tienen el Consejo

Publicación oficial en euskadi.eus

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