BOPV nº 76 · 2017-04-21 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

DECRETO 74/2011, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, establece en su Disposición Final Primera que los Consejeros y Consejeras procederán a presentar al Lehendakari para su aprobación, con anterioridad al 31 de marzo de 2017, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos y a continuación fija los criterios organizativos que deberán seguir dichos reglamentos. El organigrama que presenta el nuevo Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras responde a la necesidad de adecuar las funciones y áreas de actuación desglosadas en el artículo 1 del presente Decreto a una estructura capaz de llevar a la práctica las mismas. Esta estructura se compone de todos los órganos y unidades del extinto Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, excepción hecha de los referentes a la Viceconsejería de Comercio y Turismo y por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Transportes del extinto Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, así como por las unidades y medios materiales y personales de las Direcciones de Servicios de estos extintos Departamentos que desarrollan funciones y que están adscritos a las áreas de actuación señaladas en el presente Decreto. Para la determinación de la estructura se han tenido en cuenta criterios de austeridad y reducción organizativa, aplanamiento de estructuras, agrupación de áreas funcionales, construcción de áreas funcionales con amplios contenidos, identificación de áreas staff no estructurales y el aprovechamiento de las tecnologías de la información, es decir, se siguen los criterios establecidos en el mencionado Decreto 24/2016, de 26 de noviembre. Mediante la estructura prevista, el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras impulsará el desarrollo industrial y energético como motor y elemento central de la economía, con diversas palancas de desarrollo, como son: la internacionalización, la innovación tecnológica e industrial, el emprendimiento, el desarrollo agroalimentario y el desarrollo de las infraestructuras. Todas estas palancas de desarrollo avanzarán en continua y permanente relación con el motor económico industrial. Para ello, se ha estructurado el Departamento en cuatro Viceconsejerías, cada una con un determinado ámbito de actuación, así como dos direcciones horizontales que prestan su apoyo al resto de direcciones del Departamento. Asimismo, quedan adscritas al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras un conjunto de entidades del sector público que constituyen una herramienta fundamental para el desarrollo de las políticas que impulsará el Departamento ante la socie

Publicación oficial en euskadi.eus

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