BOPV nº 75 · 2017-04-20 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
ORDEN de 6 de abril de 2017, de los Consejeros de Hacienda y Economía y de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, de constitución de la Mesa de Contratación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
Tras la entrada en vigor del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, es necesario conformar la mesa de contratación adscrita al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.3, párrafo segundo, del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya disposición adicional séptima establece un plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigor de dicho decreto, para que las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan la consideración de administraciones públicas procedan a adecuar la estructura de las mesas de contratación a las previsiones del citado artículo 8. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública, DISPONEMOS: Artículo 1 Los órganos de contratación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y deberá conformarse con los siguientes miembros: a) Presidencia: la Responsable del Área de Gestión Económica y Presupuestaria, así como un/a asesor/a jurídico/a, ambos/as de la Dirección de Servicios, ejercerán indistintamente las funciones de Presidente/a de la Mesa de Contratación y se suplirán entre sí para los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa. b) Un/a vocal designado por el órgano de contratación al que prestará asesoramiento técnico. c) Secretario-Vocal-Asesor Jurídico: la Responsable de Contratación de la Dirección de Servicios, que ejercerá las funciones de Asesora Jurídica y Secretaria de la Mesa con voz y voto. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será suplida por un/a técnico/a del Servicio de Contratación de la Dirección de Servicios. d) Un/a vocal en representación de la Oficina de Control Económico, designado por su titular y con la función de control económico-presupuestario del órgano de contratación. e) Un/a vocal en representación de la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, únicamente en los expedientes referidos a bienes y servicios informáticos y telemáticos. Será propuesto por su titular y nombrado por el órgano de contratación, en los supuestos previstos en el Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información. f) Opcionalmente, y a petición del órgano de contratación, un/a vocal en representación de l