BOPV nº 67 · 2017-04-05 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 22 de marzo de 2017, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad en el año 2017 (Convocatoria Euskalgintza).

El artículo 14 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Cultura y Política Lingüística, entre otras, las relativas a la política lingüística y a la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 21.1.h) del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV de 24 de abril, n.º 78), asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, básica de normalización del uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. Asimismo, la Viceconsejería de Política Lingüística asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado». Dicho Consejo aprobó en julio de 2012 el Plan de Acción para la Promoción del Euskera (ESEP), el cual fue ratificado por el Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el 24 de julio del mismo año y refrendado por el Parlamento Vasco el 11 de septiembre de 2013. Dicho Plan elabora las líneas prioritarias recogidas en «Euskara 21. Hacia un pacto renovado», adaptándolas de forma que se puedan llevar a la práctica. En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Cultura y Política Lingüística ha convocado y resuelto anualmente diversas órdenes de subvención sectoriales. Así, mediante la presente Orden, ha acordado convocar la convocatoria correspondiente a 2017 por la que se regula la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular y convocar para el ejercicio 2017 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria Euskalgintza). Artículo 2 Ámbito temporal. Solamente podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen durante el año 2017. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y/o presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2017. Artículo 3 Tramitación electrónica y presencial. Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes tanto de forma presencial como electrónica. El empleo de un canal, presencial o electrónico, en el trámite de la solicitud y aportación de documentación, no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimient

Publicación oficial en euskadi.eus

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