BOPV nº 59 · 2017-03-24 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2017, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación y se declara la utilidad pública de la instalación de red de distribución de gas natural canalizado denominada «Acometida a la planta de RSU de Arzabaleta, Centro Penitenciario y Polígono Industrial de Eskuzaitzeta» en los términos municipales de Usurbil y San Sebastián.
Referencia: RI 20/24173 CGG-2016-8. D. Javier Bermejillo Eguia, en nombre y representación de Naturgas Energía Distribución, SAU, con domicilio en General Concha 20 de Bilbao, solicitó ante la Delegación Territorial de Gipuzkoa el 13 de julio de 2016, el reconocimiento de la utilidad pública y autorización administrativa de la acometida a la planta de RSU de Arzabaleta, Centro Penitenciario y Polígono Industrial de Eskuzaitzeta, en los términos municipales de Usurbil y San Sebastián (Gipuzkoa). En la resolución del expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 13 de julio de 2016, Naturgas Energía Distribución SAU presentó en la Delegación Territorial de Gipuzkoa la solicitud conjunta de reconocimiento de la utilidad pública y de autorización administrativa. A los efectos previstos en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se publicó el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 6 de septiembre de 2016, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 9 de agosto de 2016 y en «El Diario Vasco» de fecha 2 de agosto de 2016. Así mismo el anuncio estuvo expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Usurbil del 29 de julio al 22 de agosto de 2016 y en el del Ayuntamiento de San Sebastián del 29 de julio al 23 de agosto de 2016. Con fecha 22 de julio de 2016, se remitieron separatas del proyecto a los Ayuntamientos de Usurbil y San Sebastián y a o organismos afectados: Ura-Agencia Vasca del Agua y a la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa, a fin de que prestaran conformidad u oposición a la solicitud y, en su caso, establecieran el condicionado técnico que considerasen oportuno. Esta solicitud se reiteró a Ura-Agencia Vasca del Agua y a la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa con fecha 8 de septiembre de 2016. El Ayuntamiento de San Sebastián informó favorablemente, y Ura-Agencia Vasca del Agua respondió indicando que el peticionario deberá solicitar autorización para realizar las obras en el dominio público y en la zona de policía de aguas. El Ayuntamiento de Usurbil presentó un informe en el que manifiesta su extrañeza por el hecho de que la acometida proyectada se haga por el oeste, en lugar del este, tal y como se recoge en las herramientas de planificación urbanística. Solicita que su ejecución sea simultánea por a la de otras infraestructuras previstas en la zona y que el trazado de la acometida de gas sea modificado y discurra por los caminos rurales existentes, en lugar de por tierras de labradío y bosque. Dando traslado del escrito del Ayuntamiento de Usurbil a Naturgas Energía Distribución SAU, ésta contestó argumentando en síntesis que: La planificación urbanística de Donostialdea no representa una ordenación pormenorizada de redes secundarias como la presente. El trazado se ha diseñado considerando que: el punto de conexión se determina teniendo en cuenta l