BOPV nº 55 · 2017-03-20 · Trabajo y Justicia

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de Vivienda y suelo de Euskadi, S.A./ Euskadiko etxebizitza eta lurra, E.A. (VISESA).

ANTECEDENTES Primero El día 27 de diciembre de 2016 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por el representante de la Comisión Negociadora. Segundo Con fecha 12 de enero de 2017, se requirió su subsanación a la Comisión Negociadora, en relación a la aportación de informes preceptivos, que fue cumplimentada en REGCON el 31 de enero de 2017. Tercero Se ha nombrado por los firmantes del citado acuerdo, la persona que ha de proceder a tramitar la solicitud de depósito, registro y publicación. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el artículo 90.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación y áreas de actuación de los mismos que en su artículo 16 crea el Departamento de Trabajo y Justicia y establece en su Disposición Transitoria Primera la vigencia de los reglamentos orgánicos, siendo de aplicación el artículo 11.i del Decreto 191/2013, de 9 de abril, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro de convenios colectivos. Segundo El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 16 de febrero de 2017. La Directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO. CAPITULO I AMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Ámbito personal y territorial. El presente Convenio Colectivo tiene por objeto fijar las condiciones y estipulaciones de trabajo del personal trabajador que integra y presta servicios para la Sociedad Pública Vivienda y suelo de Euskadi, S.A. Euskadiko etxebizitza eta lurra, EA, (en adelante VISESA) en tanto en cuanto permanezcan dentro del ámbito de dirección y organización de la citada Sociedad. Artículo 2 Ámbito temporal, denuncia y prórroga del convenio. El presente Convenio tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2020, excepto en aquellas previsiones en las que expresamente se contemple otro plazo distinto. El presente Convenio Colectivo se entenderá prorrogado tácitamente, por períodos anuales, si no mediase denuncia expresa por ninguna de las partes firmantes, con una antelación de dos meses al término de su vencimiento. Una vez denunciado y hasta tanto no se logre acuerdo que lo sustituya, continuará en vigor el presente Convenio. Artículo 3 Condiciones más beneficiosas. Se respetarán con carácter estrictamente «ad p

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