BOPV nº 50 · 2017-03-13 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de clasificación y agrupamiento, así como almacenamiento temporal de residuos peligrosos promovida por Sercontrol 2000, S.L. en el Polígono Industrial San Antonio Eguizabal, n.º 31 bloque B, Parque empresarial Inbisa-Lauaxeta, en Amorebieta-Etxano.
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 29 de octubre de 2014, Sercontrol 2000, S.L. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la instalación de clasificación y agrupamiento, así como almacenamiento temporal de residuos peligrosos en el término municipal de Amorebieta-Etxano. Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, de 22 de octubre de 2014, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 11 de marzo de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Sercontrol 2000, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia, ambas con fecha de 30 de marzo de 2015. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 12 de mayo de 2015 informe al Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, a la Dirección de atención de emergencias y meteorología y al Departamento de Salud. Con fecha 26 de junio de 2015, en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, el conjunto del expediente se ha puesto a disposición de Sercontrol 2000, S.L. Con fecha de 6 de julio de 2015, Sercontrol 2000, S.L. presenta escrito mediante el que formula alegaciones a la propuesta de resolución remitida por el órgano ambiental. Una vez analizadas dichas alegaciones se ha procedido a modificar los apartados D.2.2.2 (Identificación de los focos. Catalogación), D.2.3.1 (Clasificación, origen, medio receptor y localización de los vertidos), E.2 (Control de la calidad del agua de vertido a la red de saneamiento) y quinto. No obstante, no se ha modificado el apartado E.1 (Control de las emisiones a la atmósfera). FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Además de las actividades que se desarrollan en la instalación y enumeradas en el anejo 1 de la Ley 16/2002 d