BOPV nº 48 · 2017-03-09 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de recepción y almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos, así como la descontaminación de equipos eléctricos que contienen o han contenido gas hexafluoruro de azufre (SF6), promovida por Afesa Medio Ambiente, S.A. en c/ El Pinar, 3D, Polígono Industrial de Lantarón, Parcela 23 (Álava).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 23 de julio de 2014, Afesa Medio Ambiente, S.A. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la instalación de recepción y almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos, así como la descontaminación de equipos eléctricos que contienen o han contenido gas hexafluoruro de azufre (SF6) en el término municipal de Lantarón. Igualmente, se presenta informe del Ayuntamiento de Lantarón, de 6 de mayo de 2014, acreditativo de la compatibilidad urbanística de la actividad. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de diciembre de 2014, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Afesa Medio Ambiente, S.A., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, ambas con fecha de 17 de diciembre de 2014. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 23 de febrero de 2015 informe al Ayuntamiento de Lantarón, al Departamento de Salud y a la Dirección de atención de emergencias y meteorología. Con fecha 15 de junio de 2015, en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, el conjunto del expediente se ha puesto a disposición de Afesa Medio Ambiente, S.A. incorporando el borrador de Propuesta de Resolución elaborado por el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial. Con fecha 7 de julio de 2015, Afesa Medio Ambiente, S.A. presenta escrito mediante el que formula alegaciones a la propuesta realizada por la Dirección de Administración Ambiental a la citada mercantil. Una vez analizadas dichas alegaciones se ha procedido a modificar los apartados Primero, en lo que a la descripción del proceso se refiere, segundo D.1.1 (residuos admisibles), segundo D.2.1 (condiciones para garantizar la correcta gestión de los residuos tratados en la planta), segundo D.2.2.1 (clasificación, origen, medio receptor y localización de los vertidos), segundo D.2.3 (condiciones para garantizar la correcta gestión de los residuos producidos en la planta) y segundo E.1 (control de la calidad del agua de vertido a la red de saneamiento). FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la conta

Publicación oficial en euskadi.eus

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