BOPV nº 44 · 2017-03-03 · Trabajo y Justicia
ORDEN de 14 de febrero de 2017, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se fijan las cuantías de los precios públicos por servicios periciales del Instituto Vasco de Medicina Legal a solicitud de particulares en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor y se dictan las normas para su liquidación.
En el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado mediante el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, se consideran precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o realización de actividades efectuadas en régimen de derecho público que no tengan la consideración de tasa. En el artículo 31 del citado Texto Refundido se determina que los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerán por decreto, a propuesta conjunta del departamento competente en materia de hacienda y del departamento que los preste o del que dependa el órgano o ente correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se ha aprobado el Decreto 152/2016, de 2 de noviembre, de modificación del Decreto 397/2013, de 30 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de sus organismos autónomos. En este sentido, mediante la citada modificación se ha procedido a incluir entre los servicios y actividades por los que se podrá exigir el pago de precios públicos la emisión de «Informes y dictámenes periciales realizados por el Instituto Vasco de Medicina Legal». Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del mencionado Texto Refundido, la fijación de la cuantía de los precios públicos ha de hacerse por Orden del Consejero o Consejera del Departamento del que dependa el órgano o ente que ha de percibirlos y a propuesta de éstos, previo informe vinculante del Departamento competente en materia de hacienda. Por todo ello, en ejercicio de las facultades que me atribuyen el artículo 16, la disposición adicional décima, la disposición transitoria primera y la disposición final primera del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en relación con el artículo 2.2.i) del Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y previo informe favorable de la Dirección de Administración Tributaria del Departamento de Hacienda y Economía, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es establecer los precios públicos de los informes periciales que realice el Instituto Vasco de Medicina Legal (en adelante IVML) en los supuestos establecidos en el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, así como el procedimiento de pago de los mismos. Artí