BOPV nº 30 · 2017-02-13 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 26 de enero 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena el depósito de la documentación de modificación y de los estatutos de la Federación de Asociaciones de Auxiliares y Empleados de Farmacia de Euskadi y se da publicidad del mismo.
Visto el expediente incoado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales, sobre depósito de la documentación relativa a la modificación de Estatutos de la Federación de Asociaciones de Auxiliares y Empleados de Farmacia de Euskadi presentada por su presidenta, se ha dictado la siguiente Resolución en base a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El día 21 de diciembre de 2016 se ha presentado la documentación por la que se solicita el depósito de la documentación relativa a la modificación de Estatutos y de los Estatutos de la citada federación sindical. Segundo Con fecha 28 de diciembre de 2016, se efectuó requerimiento a fin de que se aportara documentación acreditativa de la identidad de las personas firmantes del acta de la Junta General Extraordinaria de 31 de mayo de 2016, copia de la tarjeta CIF así como otro ejemplar de los estatutos debidamente firmados. El requerimiento se cumplimentó en los términos y plazos legalmente establecidos. Tercero La documentación presentada es conforme a lo establecido en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y consta de instancia de solicitud de depósito, acta de la Junta General Extraordinaria acordando la modificación, los estatutos modificados así como la documentación acreditativa de la identidad de las personas firmantes. Cuarto Su ámbito de actuación territorial es la Comunidad Autónoma del País Vasco según se establece en el artículo 5.º de sus Estatutos. A los hechos relacionados les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación y áreas de actuación de los mismos, crea en su artículo 16 el Departamento de Trabajo y Justicia al que se le asignan entre otras funciones y áreas de ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales, y establece en su Disposición Transitoria Primera que en tanto se lleve a efecto la aprobación de los respectivos reglamentos orgánicos Disposición Final Primera-, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan la estructura y funciones de los Departamentos del Gobierno, siendo de aplicación el artículo 11.m) del Decreto 191/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, que atribuye a este órgano la competencia para dirigir la Oficina Pública correspondiente al Depósito de los Estatutos de las Organizaciones Sindicales y Empresariales de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Segundo La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento administrativo es la recogida en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las