BOPV nº 29 · 2017-02-10 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2017, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la Convocatoria para la Concesión de Becas de Internacionalización para el ejercicio 2017.

La Orden de 27 de enero de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, regula el Programa BEINT de Becas de Internacionalización. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden reguladora, procede realizar la convocatoria para la selección de los becarios y becarias para el ejercicio 2017, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2017 de las becas previstas en la Orden de 27 de enero de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el Programa BEINT de Becas de Internacionalización. Segundo Becas convocadas. El número máximo de Becas de Internacionalización a conceder en el ejercicio 2017 será de 100. Los 100 beneficiarios realizarán la formación teórica en que consiste la Fase 1 y, de entre los candidatos que finalicen la misma cumpliendo con los requisitos establecidos, 100 personas como máximo podrán ser seleccionadas para continuar con las Modalidades A y B distribuidas de la siguiente forma: un máximo de 80 becas en Modalidad A y un máximo de 20 becas en Modalidad B. Para la Fase 1 se seleccionará un máximo de 15 suplentes para poder cubrir posibles renuncias o cualquier otra incidencia que se produzca en las dos primeras semanas del curso, si la Dirección de Internacionalización así lo considera. Tercero Recursos económicos. A la financiación de las becas convocadas, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2017, se destinan las cantidades siguientes: La Fase 1 tiene una valoración económica máxima, para el ejercicio 2017, de 135.000 euros. Para las Modalidades A y B, conjuntamente, se destina una dotación de tres millones trescientos cuarenta y siete mil setecientos dieciséis euros (3.347.716 euros), distribuidos del siguiente modo: Ejercicio 2017: 1.422.716 euros. Ejercicio 2018: 1.250.000 euros. Ejercicio 2019: 675.000 euros. Cuarto Requisitos, lugar y plazo de presentación de las solicitudes. Los solicitantes, para poder acceder a las becas previstas en la Orden reguladora del Programa de Becas de Internacionalización, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la citada Orden. La cumplimentación de la solicitud y su presentación, junto con la documentación complementaria requerida, por parte de los participantes en este programa se realizará, siguiendo lo establecido en el artículo 7 de la Orden reguladora del programa de Becas de Internacionalización, mediante tramitación telemática, en cuyo caso tanto el acceso al modelo de solicitud como su presentación en la Administración se efectuará en la web www.euskadi.net/industria. La documentación requerida en el artículo 8.4 que acredite el cumplimiento de los requisitos exigid

Publicación oficial en euskadi.eus

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