BOPV nº 29 · 2017-02-10 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

ORDEN de 25 de enero de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueba la reglamentación específica de la raza asno de las Encartaciones.

La diversidad de los animales domésticos es un elemento clave de la agrobiodiversidad. Los procesos de selección, tanto los debidos al ambiente como los dirigidos por el ser humano, son el origen de las diferencias genéticas entre razas. Las diferentes necesidades de las especies animales domésticas y de las razas involucradas, así como las diferencias de comportamiento y de productos, tienen diferentes efectos sobre los ambientes de producción respectivos. La sustentabilidad en estos ambientes diferentes demanda a su vez de tipos genéticos diferentes. La diversidad de los animales domésticos, que ha evolucionado durante más de 12000 años, es parte de nuestra herencia, y debemos mantenerla para las generaciones futuras. La Convención de Diversidad Biológica, de 1993, fue el primer acuerdo global para abordar todos los aspectos de la diversidad biológica, y el primero en reconocer que la conservación de la diversidad biológica es una preocupación común de la humanidad y una parte integral del proceso de desarrollo. Una gestión eficaz de la conservación debe tener entre sus pilares, entre otros, dos factores: en primer lugar, la identificación y la enumeración de las razas; y en segundo lugar, su descripción y caracterización, para determinar sus cualidades particulares y para comprender qué razas pueden proveer la mayor variedad de contribuciones futuras. La conservación del patrimonio genético de las razas animales autóctonas del País Vasco es una apuesta social e institucional emprendida hace años. En concreto, la reglamentación del Asno de las Encartaciones se realizó en 2004. Los cambios normativos que han tenido lugar desde entonces hacían necesario adecuar la estructura y la gestión del Libro Genealógico. En su virtud, DISPONGO : Artículo único Se aprueban la reglamentación específica de la raza equina asno de las Encartaciones, recogida en el Anexo I, y la hoja de clasificación, que figura como Anexo II. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Queda derogada la Orden de 1 de julio de 2004, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se aprueba la reglamentación específica de la raza equino asnal «Asno de las Encartaciones». DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de enero de 2017. La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI. ANEXO I REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA DEL ASNO DE LAS ENCARTACIONES Introducción. El asno (Equus asinus asinus) es sin duda alguna el animal doméstico que mayor regresión ha sufrido en nuestro país, debido al desarrollo industrial y a la mecanización de las labores agrícolas. La zona de origen del asno de las Encartaciones comprende, además de la comarca de las Encartaciones, en Bizkaia, zonas colindantes como el Noroeste alavés. Hasta hace años era habitual su uso como animal de carga y transporte en las labores agrarias de los caseríos de la cornisa cantábrica, y era muy apreciad

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