BOPV nº 16 · 2017-01-24 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2017, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de las fortificaciones del monte Serantes sitas en el municipio de Santurtzi (Bizkaia).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presentan las fortificaciones del monte Serantes sitas en el municipio de Santurtzi (Bizkaia) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto monumental, de las fortificaciones del monte Serantes sitas en el municipio de Santurtzi (Bizkaia), conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y la descripción obrante en el Anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto monumental, de las fortificaciones del monte Serantes sitas en el municipio de Santurtzi (Bizkaia), durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Santurtzi y a los Departamentos de Euskera y Cultura, Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio y Desarrollo Económico y Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 18 de enero de 2017. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I DELIMITACIÓN Delimitación. La delimitación se define de la siguiente forma: Fuerte de El Llano: el perímetro delimitado queda definido por las siguientes referencias: Este-Sur: curva de nivel de cota 340 m desde el encuentro con el camino principal a la cumbre, hasta el camino secundario que rodea El Llano por su parte sur. Oeste: camino secundario hasta confluencia con el camino principal de acceso a la cumbre, y desde este punto, línea paralela al foso hasta

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