BOPV nº 10 · 2017-01-16 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
ORDEN de 28 de diciembre de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan para el ejercicio 2017 las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas.
Con el objetivo de reconducir la situación para aumentar la competitividad de los productores vitivinícolas comunitarios y consolidar la calidad de sus vinos se ha establecido una organización común del mercado vitivinícola. Entre las medidas de apoyo establecidas por la Reglamentación Comunitaria se incluyen la de promoción de los productos vinícolas comunitarios en los mercados de terceros países la de inversiones. Esta OCM fue establecida por el Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008; y por el Reglamento n.º (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, (por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento n.º (CE) 479/2008 del Consejo), modificado por el Reglamento (UE) n.º 772/2010 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2010. A su vez, esta OCM fue incorporada al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 (Reglamento único para las OCM). El Reglamento (CE) 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, ha sido modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 202/2013 de la Comisión, de 8 de marzo de 2013. El Reglamento (CE) n.º 1234/2007 ha sido a su vez derogado e incorporado al Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, (por el que se crea la organización común de mercados de productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/1972, (CEE) n.º 234/1979, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007). Este último reglamento ha sido completado por el Reglamento Delegado 2016/1149/UE, de 15 abril. El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 de la Comisión de 15 de abril de 2016 establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola. En el ámbito estatal, con fecha 6 de diciembre de 2016, se publicó Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola. En este Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, en su Capítulo II, Sección 1.º se recoge la medida de «Promoción en mercados de terceros países». En la Comunidad Autónoma del País Vasco las normas de desarrollo y aplicación de la reglamentación comunitaria y de la normativa estatal básica han sido establecidas por el Decreto 227/2014, de 9 de diciembre, de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Esta norma ha derogado y sustituido al Decreto 630/2009, de 22 de diciembre, para incorporar los cambios en las normas sustantivas que regulan estas ayudas. La presente Orden aplica lo dispuesto en los artículos 7.2 y 9 del Decreto 227/2014 de 9 de diciembre de diciembre, y procede a convocar para ejercicio 2017-2018 las ayudas, a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas. Por otra parte, dado que ésta es una Orden que convoca las ayudas previstas en el Cap