BOPV nº 7 · 2017-01-11 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de recepción, clasificación y agrupamiento, así como el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos promovida por Sita Spe Iberica, S.L.U. en el Polígono Industrial de Gojain, c/ Padurea n.º 4, en Legutio.
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 10 de septiembre de 2014, Sita Spe Iberica, S.L.U. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la instalación de recepción, clasificación y agrupamiento, así como el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos en el término municipal de Legutio. Igualmente, se presenta solicitud de informe de compatibilidad urbanística de la actividad realizada por Sita Spe Iberica, S.L.U. al Ayuntamiento de Legutio con fecha de 15 de mayo de 2014. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de diciembre de 2014, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Sita Spe Iberica, S.L.U., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, ambas con fecha de 17 de diciembre de 2014. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 13 de febrero de 2015 informe al Ayuntamiento de Legutio, a Álava Agencia de Desarrollo, a la Dirección de atención de emergencias y meteorología y al Departamento de Salud. Con fecha 26 de junio de 2015, en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, el conjunto del expediente se ha puesto a disposición de Sita Spe Iberica, S.L.U. Con fecha 3 de julio de 2015, Sita Spe Iberica, S.L.U. remite escrito en el que presenta alegaciones al contenido de la propuesta de resolución. Una vez analizadas dichas alegaciones se ha procedido a modificar el contenido de los apartado correspondientes a las mejores técnicas disponibles, los residuos admisibles, el control de entrada de residuos, el almacenamiento de los residuos, las condiciones para garantizar la correcta gestión de los residuos, las condiciones para el vertido a la red de saneamiento, el control de la calidad de agua de vertido y el control de los indicadores de la actividad. Asimismo, se ha procedido a corregir el error detectado en el apartado quinto de la propuesta de resolución en lo que se refiere a la denominación social de la empresa. No obstante, no se ha modificado la referencia al término «tratar» del apartado D.1.4.b) ni los valores límite de emisión recogidos en el apartado D.2.3.2. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio,