BOPV nº 248 · 2016-12-30 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 28 de diciembre de 2016, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a las compañías de danza que participen en el Circuito de Danza de Sarea-Red Vasca de Teatros.

De conformidad con la disposición adicional novena del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el Departamento de Cultura y Política Lingüística, a que se refiere el artículo 14 del presente Decreto, estará integrado por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Política Lingüística y de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del extinto Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, los cuales venían establecidos en el Decreto 193/2013, de 9 de abril, que establecía la estructura orgánica y funcional de este Departamento que atribuye a la Dirección de Promoción de la Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Dicha Dirección estima oportuno proceder a arbitrar un cauce para la promoción de la danza mediante la concesión de subvenciones a las compañías de danza que participen en el Circuito de Danza de SAREA. Fomentando la programación de espectáculos de danza se pretende avanzar en la profesionalización del sector y asegurar una oferta cultural accesible y de calidad para toda la ciudadanía. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular y convocar las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar el circuito de danza de Sarea durante el año 2017. Artículo 2 Entidades beneficiarias. Podrán solicitar estas ayudas las compañías de danza que participen con alguno de sus espectáculos en las programaciones de los teatros de Sarea incluidos en el Circuito de Danza impulsado por el Gobierno Vasco. La relación completa de teatros del circuito de danza está recogida en el Anexo I. Es requisito para acceder a las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como de las obligaciones para con la Seguridad Social. Además, las personas o entidades solicitantes deberán estar, en el momento de presentación de la solicitud, dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de las personas o entidades solicitantes de las subvenciones se verificará automáticamente por el órgano gestor de la presente convocatoria, sin necesidad de consentimiento de los mismos, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las mencionadas acreditaciones. La concesión y, en su caso, el pago de la subvención quedará condicionada a la finalización de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de

Publicación oficial en euskadi.eus

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