BOPV nº 247 · 2016-12-29 · Educación
ORDEN de 20 de diciembre de 2016, de la Consejera de Educación, por la que se convoca el concurso literario Urruzunotarrak Gehituz para el curso 2016-2017.
El Departamento de Educación quiere promover la labor de creación literaria en euskera dentro del proceso de aprendizaje de los jóvenes que cursan estudios en centros de Educación Secundaria. Por tanto, con el objetivo de incentivar esa labor entre los jóvenes de los niveles educativos mencionados y promocionar el uso del euskera como instrumento para expresar reflexiones y sentimientos, RESUELVO : Artículo único Aprobar la convocatoria del concurso literario Urruzunotarrak Gehituz para el curso 2016-2017, de conformidad con las bases que figuran como Anexo I a esta Orden. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Se destinará un presupuesto de 8.000 euros para otorgar premios, y esa partida se abonará con cargo al capítulo 4.º de los presupuestos. A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la resolución de las ayudas de la presente Orden queda supeditada a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma Vasca para el año 2017. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA En todo lo no previsto en las bases reguladoras, se aplicará lo dispuesto en la Ley de 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA Esta Orden agota la vía administrativa, y contra ella, podrá interponerse recurso de reposición, ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir de la fecha señalada. DISPOSICIÓN FINAL CUARTA . Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2016. La consejera de Educación, CRISTINA URIARTE TOLEDO. ANEXO I BASES REGULADORAS Únicamente podrán tomar parte en esta convocatoria los alumnos que durante el curso 2016-2017 estén cursando estudios de Educación Secundaria en los niveles indicados a continuación. No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco), modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Igualmente se tendrá que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones del Estado (Ley 38/2003 de