BOPV nº 239 · 2016-12-19 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2016, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se actualizan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los Concesionarios del Servicio para el año 2017.
El Decreto 60/2000, de 4 de abril, modificado por el Decreto 48/2004, de 16 de marzo, determina las funciones de inspección, tramitación y gestión, dentro del ámbito de la seguridad de los vehículos automóviles, que podrán ser asignadas a las entidades concesionarias del servicio de inspección técnica de vehículos. El artículo 7 del citado Decreto 60/2000, de 4 de abril, determina que las tarifas derivadas del servicio de inspección técnica de vehículos, se fijarán mediante las disposiciones de desarrollo del mismo, en relación con lo establecido en la Disposición Final Primera del mismo decreto. Mediante Orden de 5 de diciembre de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en su artículo 8, se estableció que la actualización de las tarifas se efectuará anualmente por aplicación de la variación del IPC en base al último índice interanual de octubre. Las tarifas actualizadas se aplicarán a partir del 1 de enero del año siguiente. Así mismo, la Disposición Final de la mencionada Orden de 5 de diciembre, faculta al Director o Directora competente en materia de Administración Industrial para la resolución de cuantas cuestiones pudieran plantearse en la interpretación de dicha orden y demás normativas de aplicación, así como para dictar las disposiciones de desarrollo que fueran necesarias. Con fecha 25 de noviembre de 2015, se actualizaron las tarifas aplicables por los concesionarios del servicio de Inspección Técnica de Vehículos para el año 2016, por Resolución del Director de Energía, Minas y Administración Industrial. La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13, del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. Vista la citada legislación y otras disposiciones de general y concordante aplicación, RESUELVO : Actualizar las tarifas publicadas en los Anexos I, II y III de la Orden de 5 de diciembre de 2011, según el índice de precios al consumo interanual de octubre de 2016, siendo las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2017, las que se relacionan en los Anexos I, II y III de la presente Resolución. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2016. El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA. ANEXO I TARIFAS POR INSPECCIONES PERIÓDICAS (Véase el .PDF) Nota: a estas tarifas se añadirán las tasas por anotación del resultado de la inspección técnica de v