BOPV nº 236 · · Desarrollo Económico e Infraestructuras
ORDEN de 23 de noviembre de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas al sector acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Política Pesquera Común tiene como uno de sus objetivos esenciales potenciar una flota profesional, económicamente rentable, que garantice una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, de manera que permita un aprovechamiento óptimo sin poner en riesgo el equilibrio biológico de las poblaciones explotadas y la integridad del medio físico. En este sentido, el Reglamento (UE) N.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, establece el nuevo marco normativo sobre la Política Pesquera Común, su ámbito de aplicación, sus objetivos y los principios de buena gobernanza. Así, y como uno de los pilares de la nueva Política Pesquera, en el Reglamento (UE) N.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), se establecen las medidas financieras de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas relativas al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la pesca interior, así como de la Política Marítima Integrada. Este nuevo marco normativo permite la posibilidad de apoyar, entre otras, las inversiones en el ámbito de la acuicultura. En noviembre de 2015, se aprobó el Programa Operativo español del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), con el consenso de todas las Comunidades Autónomas afectadas por estas medidas estructurales, el cual engloba el conjunto de medidas a desarrollar en el sector pesquero español, y tiene el objetivo principal de fomentar una pesca y una acuicultura competitivas, medioambientalmente sostenibles, económicamente viables y socialmente responsables. En el año 2015, se elaboró, a su vez, el Plan Estratégico de la Pesca y Acuicultura Euskadi 2020 que contribuirá al crecimiento económico integrador, inteligente y sostenible de la actividad pesquera y de las comunidades y zonas dependientes de la pesca. Por último, en mayo de 2016, se ha publicado el documento consolidado que recoge los «Criterios de selección para la concesión de las ayudas en el marco del Programa Operativo del FEMP». Por su parte, de conformidad con la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 19 de septiembre de 2002, denominada «Estrategia para el desarrollo sostenible de la acuicultura europea»; de la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 29 de abril de 2013, titulada «Directrices estratégicas para el desarrollo sostenible de la acuicultura de la UE»; de acuerdo a los objetivos de la PPC y la estrategia Europa 2020, conviene que el FEMP respalde un desarrollo de la acuicultura que sea sostenible desde los puntos de vista medioambiental, económico y social. La acuicultura favorece el crecimiento y la creación de empleo en las regiones costeras y rurales. Por consiguiente, es crucial que el FEMP sea accesible para las empresas acuícolas, en particular las
Todo el BOPV del 14 de diciembre de 2016