BOPV nº 236 · · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 72/2016, de 29 de noviembre, del Viceconsejero de Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Basauri para la Promoción de Alojamientos Dotacionales en el sector de San Miguel Oeste.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Basauri para la Promoción de Alojamientos Dotacionales en el sector de San Miguel Oeste, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2016. El Viceconsejero de Relaciones Institucionales, PEDRO LUIS BAZACO ATUCHA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 72/2016, DE 29 DE NOVIEMBRE, DEL VICECONSEJERO DE RELACIONES INSTITUCIONALES CONVENIO PARA LA PROMOCION DE ALOJAMIENTOS DOTACIONALES EN EL SECTOR SAN MIGUEL OESTE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BASAURI, ENTRE EL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES DEL GOBIERNO VASCO Y EL AYUNTAMIENTO DE BASAURI En Vitoria-Gasteiz, a 31 de octubre de 2016. REUNIDOS De una parte, el Sr. D. Angel Toña Güenaga, Consejero de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, Y de la otra, el Sr. D. Andoni Busquet Elorrieta, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Basauri. COMPARECEN El primero, en calidad de Consejero del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco y en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, autorizado para este acto en virtud de acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 27 de julio de 2016. Y el segundo, en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Basauri, en representación del mismo, autorizado para este acto por el acuerdo del pleno de dicha corporación local reunido con fecha 27 de octubre de 2016 y como Presidente de Bidebi Basauri, S.L. Ambos comparecientes se reconocen capacidad legal suficiente y necesaria para otorgar el presente Convenio de Colaboración, y a tal efecto EXPONEN Primero El Estatuto de Autonomía del País Vasco determina en su artículo 10.31 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, señala en su artículo 2 los principios rectores de la política de vivienda en Euskadi, entre otros los siguientes: Colaboración y coordinación de todos los poderes públicos, incluyendo los órganos dependientes de la Administración general del Estado y el sector público vasco, compuesto por la Administración general de la Comunidad Autónoma, las diputaciones forales, las entidades locales y todos los entes de titularidad pública dependientes de ellas, en la garantía del derecho al disfrute de una vivienda digna, adecuada y accesible. Coherencia de las actuaciones públicas y privadas en las iniciativas relacionadas con la efectividad del derecho a acceder a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada. Planificación y programación de las políticas públicas de vivienda y alojamientos dotacionales, desde la consideración de que la vivienda e

Todo el BOPV del 14 de diciembre de 2016

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV