BOPV nº 228 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada a la instalación de gestión de residuos sólidos urbanos promovida por Garbiker, A.B. en el término municipal de Bilbao (Monte Arraiz).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 11 de abril de 2014, Garbiker, A.B. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la instalación de gestión de residuos sólidos urbanos en el término municipal de Bilbao. Igualmente, se presenta solicitud de informe de compatibilidad urbanística de la actividad realizada por Garbiker, A.B. al Ayuntamiento de Bilbao con fecha de 24 de junio de 2014. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de diciembre de 2014, del Viceconsejero de Medio Ambiente se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Garbiker, A.B., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha de 17 de diciembre de 2014. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 13 de febrero de 2015 informe al Ayuntamiento de Bilbao, a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, a la Agencia Vasca del Agua, al Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia y al Departamento de Salud. Asimismo, en cumplimiento del artículo 19 de la norma, se solicitó informe a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Con fecha 15 de junio de 2015, en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, el conjunto del expediente se ha puesto a disposición de Garbiker, A.B. Con fecha 6 de julio de 2015, Garbiker, A.B. remite escrito mediante el que acepta el contenido del borrador de la propuesta de resolución remitida por la Dirección de Administración Ambiental a la citada mercantil. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Además de las actividades que se desarrollan en la instalación y enumeradas en el anejo 1 de la Ley 16/2002 de 1 de julio, en la presente autorización se integran todas las actividades que aun sin estar enumeradas en dicho anejo, se desarrolla
Todo el BOPV del 30 de noviembre de 2016