BOPV nº 218 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2016, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se modifica y revisa la autorización ambiental integrada concedida a Aceros Inoxidables Olarra, S.A. para la actividad de fabricación de aceros inoxidables y trituración, clasificación, cribado y tratamiento de escorias en el término municipal de Loiu.

Resultado que mediante Resolución de 25 de abril de 2008 del Viceconsejero de Medio Ambiente se concede a Aceros Inoxidables Olarra, S.A. autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de aceros en el término municipal de Loiu (Bizkaia). Resultando que con fecha 15 de marzo de 2010 se emite Resolución de la Viceconsejera de Medio Ambiente por la que se modifica y hace efectiva la Resolución de 25 de abril de 2008 por la que se concedía autorización ambiental integrada a la Aceros Inoxidables Olarra, S.A. para la actividad de fabricación de aceros inoxidables en el término municipal de Loiu (Bizkaia). Resultando que con fecha de 31 de julio de 2015 se emite Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente por la que se modifica la autorización ambiental integrada concedida a la empresa Aceros Inoxidables Olarra, S.A. para la actividad de fabricación de aceros inoxidables en el término municipal de Loiu (Bizkaia). Resultando que con fecha 8 de marzo de 2012 se publica la Decisión de Ejecución de la Comisión de 28 de febrero de 2012 por la que se establecen las mejores tecnologías disponibles en la producción siderúrgica. Resultando que el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, establece el procedimiento de revisión de la autorización ambiental integrada en el caso de publicación de las conclusiones relativas a las mejores tecnologías disponibles. Resultando que con fecha 11 de noviembre de 2015 el Órgano Ambiental solicita a Aceros Inoxidables Olarra, S.A. que con objeto de realizar la revisión de la autorización remita la comparativa del funcionamiento de la instalación con las mejores técnicas disponibles descritas en las conclusiones, así como la información actualizada en materia de suelos y la previsión para la elaboración del informe de base. Resultando que con fecha 30 de noviembre de 2015, Aceros Inoxidables Olarra, S.A. presentó la documentación solicitada para la revisión de la autorización ambiental integrada. Resultando que una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 27 de noviembre de 2015 del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, la revisión de la autorización ambiental integrada de Aceros Inoxidables Olarra, S.A., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha 14 de diciembre de 2015. Resultando que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, la Dirección de Administración Ambiental del Gobierno Vasco solicita el 28 de enero de 2016 informe al Ayuntamiento de Loiu y al Departamento de Salud. Resultando que con fecha 11 de febrero de 2016, el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, remite informe con el resultado que obra en el expediente. Resultando que en marzo de 2015 se

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