BOPV nº 201 · · Desarrollo Económico y Competitividad
CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 125/2016, de 6 de septiembre, por el que se regula la inspección y revisión de las instalaciones receptoras de gas.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación, que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en los anexos del Decreto 125/2016, de 6 de septiembre, por el que se regula la inspección y revisión de las instalaciones receptoras de gas, publicado en Boletín Oficial del País Vasco n.º 174, de 13 de septiembre de 2016, se procede a su corrección: En la Página 2016/3898 (14/23), en el Anexo II, apartado B.1.2, después del subapartado n), donde dice: . Debe decir: o). En la Página 2016/3898 (15/23), en el Anexo II, apartado B.2.2, después del subapartado n), donde dice: . Debe decir: o). En la Página 2016/3898 (15/23), en el Anexo II, apartado C, en el último párrafo, donde dice: ...de acuerdo con el apartado 1.2.a de la parte B del presente anexo.... Debe decir: ...de acuerdo con los apartados 1.2.a y 2.2.a de la parte B del presente anexo.... En la Página 2016/3898 (17/23), en el Anexo III, en la «Relación de defectos en instalaciones individuales de gas», entre las filas de defectos 1.1 y 1.3, debe insertarse la fila 1.2 de defectos con el siguiente contenido: (Véase el .PDF)
Todo el BOPV del 24 de octubre de 2016