BOPV nº 200 · · Empleo y Políticas Sociales

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2016, de la Viceconsejera de Vivienda, por la que se conceden subvenciones para la elaboración de proyectos de intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

Mediante Orden del 23 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convoca y regula la convocatoria correspondiente al 2016 del Programa Renove Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 249, de 31 de diciembre de 2015. Las ayudas están cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (la contribución del FEDER supondrá el 50% del importe subvencionado en lo relativo a la eficiencia energética). Por ello, las ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013. El artículo 7.º de la Orden de 23 de diciembre de 2015, establece que para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá una comisión de valoración, el cual sobre la base de los criterios de adjudicación determinados en la propia Orden de 23 de diciembre de 2015, elevará la oportuna propuesta de resolución a la Viceconsejera de Vivienda. A la vista del Acta presentada por el Comisión de Valoración y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos de la Orden de 23 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regula el programa de ayudas del Plan Renove en materia de Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos. RESUELVO : Denegar la concesión de las subvenciones solicitadas, a las siguientes comunidades por los motivos que a continuación se exponen: Por no ser objeto de la Orden Renove, los edificios que se presentan sin estar agrupados hasta configurar bloques o manzanas edificatorias que incluyan al menos un lado de la misma, tal y como se indica en el artículo 1 de la Orden, las propuestas de las siguientes comunidades: Iturriza 19, Bilbao Bertsolari Txirrita 3, San Sebastián Bertsolari Txirrita 1, San Sebastián Miguel Alduntzin 8, Errenteria Fermín Calveton 7, San Sebastián Armeros 6, Irun Fundación Hogar 3, Santurtzi Santa Eulalia 29, Santurtzi Nieves Cano 19-B, Vitoria-Gasteiz. Conforme a lo determinado en el artículo 4 de la Orden, quedan fuera de la convocatoria de ayudas, aquellas propuestas que no presenten la documentación requerida cuya memoria descriptivo-justificativa y económica no haga expresa respuesta a los puntos detallados en el artículo 2 de la Orden referido al conjunto de actuaciones que deben recoger las propuestas subvencionables: a) Actuación sobre la envolvente de los edificios para obtener reducción de la demanda térmica del mismo y actuación sobre las instalaciones de producción térmica para reducir su consumo energético con el objeto de alcanzar tras la reforma, al menos, u

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