BOPV nº 196 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 19 de septiembre de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 30 (Director o Directora General), 31 (Comisión de Auditoría y control) y 33 (Comités Asesores y Patronos o Patronas de Honor); y la aprobación del texto refundido de los Estatutos de la «Fundación Bancaria Kutxa - Kutxa Banku Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 6 de julio de 2016 ha tenido entrada telemática en el Registro General del Departamento de Administración Pública y Justicia, la Escritura Pública de modificación estatutaria otorgada el día 29 de junio de 2016 por la Notario del Ilustre Colegio del País Vasco, doña Guadalupe María Inmaculada Adánez García (n.º de protocolo 1.135) referente a la «Fundación Bancaria Kutxa Kutxa Banku Fundazioa». La referenciada Escritura pública incorpora certificado expedido en San Sebastián, el día 28 de junio de 2016 por doña Natalia García de Albizu Garate, Secretaria del Patronato de la Fundación, con el visto bueno de su Presidente de la reunión del Patronato celebrada el 24 de junio de 2016, en la que se ha adoptado, por unanimidad, entre otros la modificación de los artículos 30 (Director o Directora General), 31 (Comisión de Auditoría y control) y 33 (Comités Asesores y Patronos o Patronas de Honor); y la aprobación del texto refundido de los Estatutos de la «Fundación Bancaria Kutxa Kutxa Banku Fundazioa». En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los Estatutos de la Fundación. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 37 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Aprobar la modificación de los artículos 30 (Director o Directora General