BOPV nº 190 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN 33/2016, de 20 de septiembre, del Viceconsejero de Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la redacción de los estudios y proyectos necesarios para adecuar la oferta de transporte público en la ciudad de Vitoria-Gasteiz mediante la generación de un sistema multimodal integrado e íntegramente electrificado de medios de transporte público colectivo y de última milla.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2016, el Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la redacción de los estudios y proyectos necesarios para adecuar la oferta de transporte público en la ciudad de Vitoria-Gasteiz mediante la generación de un sistema multimodal integrado e íntegramente electrificado de medios de transporte público colectivo y de última milla, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la redacción de los estudios y proyectos necesarios para adecuar la oferta de transporte público en la ciudad de Vitoria-Gasteiz mediante la generación de un sistema multimodal integrado e íntegramente electrificado de medios de transporte público colectivo y de última milla, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de septiembre de 2016. El Viceconsejero de Relaciones Institucionales, PEDRO LUIS BAZACO ATUCHA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 33/2016, DE 20 DE SEPTIEMBRE, DEL VICECONSEJERO DE RELACIONES INSTITUCIONALES ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2016, POR EL QUE SE ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA LA REDACCIÓN DE LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS NECESARIOS PARA ADECUAR LA OFERTA DE TRANSPORTE PÚBLICO EN LA CIUDAD DE VITORIA-GASTEIZ MEDIANTE LA GENERACIÓN DE UN SISTEMA MULTIMODAL INTEGRADO E ÍNTEGRAMENTE ELECTRIFICADO DE MEDIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO Y DE ÚLTIMA MILLA Corresponde a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia en materia de ferrocarriles y tranvías de conformidad con el artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en relación con el artículo 6 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, que se complementa, en lo que respecta a la materia de transportes, con lo establecido en la Ley 5/2003, de 15 de diciembre, de la Autoridad del Transporte de Euskadi y, en la específicamente ferroviaria, por lo dispuesto en la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. El artículo 13 del Decreto 20/2012 de 15 de diciembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial las funciones correspondientes a ferrocarriles. El artículo 14.1.b) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte ejercer todas las competencias de la Administraci

Todo el BOPV del 5 de octubre de 2016

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV