BOPV nº 188 · · HABE

RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2016, del Director General de HABE, por la que se establecen las condiciones para la concesión de subvenciones a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2016-2017.

El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, inscritos en el Registro, por su labor de euskaldunización de personas adultas. A tal efecto, dispone que el Director General de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas económicas. Por otro lado, la Resolución del Director General de HABE, de 27 de julio de 2005, regula los requisitos académicos y las condiciones que en su relación con HABE deben cumplir los euskaltegis públicos, los euskaltegis privados homologados, los centros homologados de autoaprendizaje, así como los Centros Vascos-Euskal Etxeak, a fin de acceder a las subvenciones que por impartir cursos de euskera convoque HABE cada curso académico, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes. En tal sentido, la Agenda Estratégica del Euskera que aprobó el Gobierno Vasco en 2013 prevé en el ámbito de actuación 3.1. Competencia Lingüística y Uso del Euskera las subvenciones dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal, concretamente, en el apartado referido a la acción denominada «CLUE 14.5 Realizar convocatorias de ayudas para la financiación de los euskaltegis públicos y de los privados homologados», y, consecuentemente, dichas ayudas fueron incluidas en el Plan Estratégico aprobado por la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura el pasado 2 de mayo de 2016. Por tanto, procede establecer los módulos de financiación para el curso 2016-2017, definiendo por medio de esta, los que corresponden a los euskaltegis públicos de titularidad municipal. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Por la presente Resolución se regula el régimen de ayudas destinadas a la financiación de los cursos de euskera impartidos por los euskaltegis públicos de titularidad municipal, durante el curso 2016-2017 (período octubre-diciembre 2016 y enero-septiembre 2017). Las cantidades que se otorguen como tales ayudas serán financiadas con cargo a las dotaciones que al efecto quedan consignadas en los Presupuestos de HABE, por un importe de 11.604.025 euros, siendo tal importe el límite de concesión para el conjunto de las ayudas previstas. En el supuesto de que dichos fondos fueran insuficientes para h

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