BOPV nº 185 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2016, de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula la fase de prácticas para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Mediante Orden de 7 de septiembre de 2016 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, se nombran funcionarias y funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesoras y de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados por Ordenes de 11 de febrero de 2015 y de 5 de febrero de 2016, de la misma Consejera. Procede, de acuerdo con las citadas convocatorias, regular la fase de prácticas y determinar la composición y competencias de las Comisiones Calificadoras. En consecuencia, RESUELVO : Primero Las prácticas realizadas por las personas nombradas funcionarias en prácticas de los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, serán calificadas por las Comisiones cuya composición y procedimiento de actuación se establece a continuación: Se constituirán las siguientes Comisiones Calificadoras compuestas por: Cuerpo de maestras y maestros: En la CAPV se constituirá una única Comisión integrada por: Una Inspectora o inspector de Educación, que será designada o designado por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura y actuará como Presidenta o Presidente. Una Directora o Director de Centro Público de Educación Infantil y Primaria que actuará como vocal designada o designado por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. Cuatro funcionarias o funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestras y Maestros, con un mínimo de diez años de servicios en el Cuerpo, que actuarán como vocales designados por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. Cuerpo de profesores y profesoras de enseñanza secundaria: En la CAPV se constituirá una única Comisión integrada por: Una Inspectora o inspector de Educación, que será designada o designado por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura y actuará como Presidenta o Presidente. Una Directora o Director de Instituto de Enseñanza Secundaria que actuará como vocal designada o designado por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. Cuatro funcionarias o funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria, con un mínimo de diez años de servicios en el Cuerpo, que actuarán como vocales designados por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. La composición de las Comisiones Calificadoras será publicada en la página web del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura: http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.eus y http://www.irakasle.eus Los miembros de las Comisiones Calificadoras estarán afectados por las causas de abstención y recusaci