BOPV nº 183 · · HABE
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2016, del Director General de HABE, por la que se regula la concesión de ayudas económicas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al período comprendido entre octubre de 2016 y septiembre de 2017.
La Ley 8/1994, de 27 de mayo, por la que se regulan las relaciones con las colectividades y Centros Vascos en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su artículo 8.1.j) establece que, los Centros Vascos-Euskal Etxeak y las federaciones y confederaciones reconocidas según lo establecido en la mencionada ley, tendrán la capacidad de organizar cursos de euskera. Por otra parte, el Decreto 179/2003, de 22 de julio, en su disposición adicional segunda, establece que HABE podrá extender sus convocatorias de ayudas relativas a los cursos impartidos por los euskaltegis privados, a los Centros Vascos-Euskal Etxeak que, estando inscritos y teniendo todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak del Gobierno Vasco, impartan cursos de euskera adaptados a los programas de euskaldunización de adultos, establecidos por HABE. En tal sentido, la Agenda Estratégica del Euskera que aprobó el Gobierno Vasco en 2013 prevé en el ámbito de actuación 3.1 Competencia Lingüística y Uso del Euskera las subvenciones dirigidas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, concretamente, en el apartado referido a la acción denominada «CLUE 158.3 Ofrecer ayuda a los Centros Vascos-Euskal Etxeak que imparten clases de euskera, en los siguientes ámbitos: subvenciones, materiales didácticos y formación de profesorado» y, consecuentemente, dichas ayudas fueron incluidas en el Plan Estratégico aprobado por la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura el pasado 2 de mayo de 2016. Respecto a los requisitos académicos y las condiciones que se han de cumplir para acceder a las subvenciones convocadas por HABE, la Resolución de 27 de julio de 2005, del Director General de HABE, que regula el régimen general de dichas condiciones, establece que en el caso de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, serán las convocatorias anuales de ayudas las que regulen las condiciones y demás criterios para su concesión, dada la diversidad y singularidad de dichos Centros. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2016 y septiembre de 2017. Artículo 2 Recursos económicos. El importe de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los créditos establecidos al efecto en los Presupuestos de HABE, asciende a la cantidad de 237.000 euros, con la siguiente distribución plurianual: 1. 57.000 euros de crédito de pago, p
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