BOPV nº 183 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 30 de agosto de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la extinción y liquidación de la «Fundación Museo Benedicto».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 27 de mayo de 2016 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de ratificación del acuerdo adoptado por el patronato con fecha 27 de abril de 2016. Dicho acuerdo fue ratificado mediante resolución de fecha 13 de junio de 2016. Con fecha 10 de agosto de 2016 ha tenido entrada en el registro de este Departamento doble copia autorizada de la escritura pública de fecha 28 de julio de 2016 mediante la que se elevan a público los acuerdos de extinción y liquidación de la «Fundación Museo Benedicto». Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41 y 42 de de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, artículo 46 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, y artículo 35 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y estatutos de la Fundación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Ratificar el acuerdo de extinción y liquidación de la «Fundación Museo Benedicto» de Bilbao (Bizkaia), la finalización del procedimiento de liquidación correspondiente y el de destino del líquido resultante de la liquidación fundacional, así como de la extinción del usufructo temporal del que era beneficiaria la Fundación, todo ello en los términos del acuerdo adoptado por el Patronato de la misma en la reunión celebrada el 27 de abril de 2016 formalizado mediante la escritura pública otorgada el 28 de julio de 2016, ante el Notario don Juan Ignac