BOPV nº 178 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 15 de julio de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se convocan y regulan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas a preparar el acceso a la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Partiendo de la base de la importancia capital de los recursos humanos y una vez constatada la necesidad de fomentar y favorecer el acceso a la Carreras Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (anteriormente denominados Secretarios Judiciales), a fin de propiciar la estabilidad y con ello el adecuado nivel de calidad del servicio público de la Justicia que incremente el grado de satisfacción y confianza de la ciudadanía en la Administración de Justicia, se ha considerado oportuno continuar con la línea de actuación emprendida hace ya más de una década, con resultados satisfactorios, manteniendo mediante la presente Orden una línea de ayudas que tienen como objetivo motivar a las personas licenciadas en Derecho para que dirijan sus aspiraciones profesionales hacia la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, facilitando así a la Administración de Justicia medios personales estables y contribuyendo con ello a un mejor grado de eficacia y calidad. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar y regular, para el ejercicio 2017, el concurso para otorgar 30 becas destinadas a la preparación de oposiciones a la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. Artículo 2 Dotación económica. El importe de cada una de las becas será de 6.600 euros anuales. El devengo se producirá mensualmente a razón de 550 euros. Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, para el ejercicio 2017, la cantidad de ciento noventa y ocho mil (198.000) euros con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La concesión de las becas no se producirá hasta que no se cumpla la condición de la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio 2017. Artículo 3 Duración. Las becas tendrán la duración de un año a contar desde el 1 de enero a 31 de diciembre de 2017. Si durante el plazo establecido en el párrafo anterior la persona beneficiaria supera el correspondiente proceso selectivo, la duración de la ayuda finalizará en la fecha de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado o, de resultar anterior, en la fecha de su incorporación a la Escuela Judicial. Artículo 4 Requisitos. Las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de su solicitud: a) Cumplir las condiciones exigidas en la última convocatoria de la oposición. b) Estar empadronado y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi al menos cinco años de los últimos siete. c) Poseer la Licenciatura o Grado en Derecho. d) No haber transcurrido más de siete años desde la obtención de

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