BOPV nº 172 · · Administración Pública y Justicia
RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2016, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se constituye la Agrupación de los municipios de Navaridas y Leza, para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría reservado a funcionario con habilitación de carácter nacional.
Mediante Resolución de 16 de marzo de 1988, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, por la que se eleva a definitiva la clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE n.º 70, de 22 de marzo de 1988), se clasificó en clase tercera el puesto de la agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría por los Ayuntamientos de Navaridas y Leza. Mediante Resolución de 4 de noviembre de 2013, de la Directora de Relaciones con las Admistraciones Locales y Registros Administrativos, se disuelve la agrupación constituida por los municipios de Leza y Navaridas, para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría, y se constituye la Agrupación de los municipios de Leza, Navaridas y el Consorcio de Aguas de la Rioja Alavesa, para la misma finalidad. La Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, mediante Resolución de 11 de diciembre de 2015, disolvió la Agrupación constituida por los municipios de Leza y Navaridas y el Consorcio de Aguas de la Rioja Alavesa, para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría y procedió a clasificar en Secretarías de clase tercera los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de los Ayuntamientos de Leza y Navaridas. Los Ayuntamientos de Navaridas y Leza, mediante acuerdos adoptados por los Plenos de las respectivas Corporaciones, en sesiones celebradas el día 6 de junio de 2016, han acordado que se iniciara el procedimiento de constitución de una Agrupación de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Los acuerdos anteriores fueron adoptados con la mayoría prevista en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El artículo 3.b) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional señala que corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus normas propias, acordar la constitución y disolución de las Agrupaciones de Entidades Locales dentro de su ámbito territorial (se debe señalar que la Disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local determina que los procedimientos administrativos referidos a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley, 31 de diciembre de 2013, continuarán su tramitación y se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su iniciación). En la fase de instrucción del procedimiento, la Diputación Foral de Álava, mediante informe recibido el 15 de
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