BOPV nº 154 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 4 de julio de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 25 de los estatutos de la «Fundación Tutelar Ondoan».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 30 de mayo de 2016 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud presentada por don Miguel Ángel Núñez Sánchez de Luna, actuando en su calidad de Presidente de la «Fundación Tutelar Ondoan», de inscripción de la modificación de los Estatutos de la Fundación. Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública de modificación de Estatutos, otorgada el día 9 de mayo de 2016 por la Fundación, ante el Notario de Bilbao, don Ignacio Alonso Salazar, número 849 de su protocolo. En el cuerpo de la Escritura consta el certificado de la reunión celebrada el día 13 de abril de 2016 por el Patronato de la Fundación donde se acordó por unanimidad de los asistentes el acuerdo de modificar el artículo 25 de los Estatutos Fundacionales. En el cuerpo de la Escritura se recoge la redacción íntegra del artículo modificado. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación del artículo 25 de los Estatutos de la Fundación Tutelar Ondoan, acordada por el Patronato de la Fundación el día 13 de abril de 2016, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo esta