BOPV nº 149 · · Salud
ACUERDO de 18 de julio de 2016, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se determinan los criterios generales para la cobertura de puestos de trabajo para posibilitar la apertura e implantación del Hospital Urduliz-Alfredo Espinosa dependiente de la Organización Sanitaria Integrada Uribe.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La próxima apertura del nuevo Hospital Urduliz-Alfredo Espinosa va a suponer un enorme paso a favor de la equidad, la accesibilidad y la calidad asistencial, y será un ejemplo del compromiso del Departamento de Salud y Osakidetza con el sistema sanitario público vasco y la salud, posibilitando que toda la población de la Comarca Uribe pueda ser atendida en su zona, hecho que aliviará la presión asistencial del Hospital Universitario de Cruces. La apertura paulatina del nuevo hospital precisa el establecimiento de un sistema de cobertura de puestos que aúne los intereses tanto del personal que integra la plantilla de Osakidetza y que desee prestar servicios en este centro, así como la contratación de nuevos profesionales que paulatinamente se vayan a ir incorporando de manera temporal. Esta apuesta precisa de un proceso de selección que sea más ágil y eficaz que el sistema de cobertura de puestos de carácter temporal que hasta la fecha está implantado en el conjunto de organizaciones de servicios de Osakidetza, teniendo en cuenta la imposibilidad de realizar previamente una oferta pública de empleo para la cobertura de los mismos. A ello se une que la apertura de este Hospital se va a realizar paulatinamente en varias fases, habiéndose ya iniciado en el presente año, hasta alcanzar progresivamente el pleno funcionamiento a lo largo del año 2017. Todo ello precisa de un proceso de cobertura de puestos diferente del sistema de contratación temporal previsto en el Acuerdo de este Consejo de Administración aprobado en su día con fecha 9 de mayo de 2011. Del contenido del presente acuerdo se ha dado traslado de la oferta de Osakidetza en la mesa sectorial de sanidad, sin que se haya llegado a un acuerdo con la representación sindical que integra la misma. En su virtud, este Consejo de Administración viene a adoptar el siguiente Acuerdo que vendrá a regular la cobertura de puestos en el Hospital Urduliz-Alfredo Espinosa a efectos de su implantación inicial. ACUERDO La selección de profesionales para la cobertura inicial de puestos dentro del proceso de apertura del nuevo Hospital Urduliz-Alfredo Espinosa se realizará conforme al siguiente orden de prelación: Adecuación interna/Movilidad interna definitiva. Comisiones de Servicios. Contratación Temporal. En todo caso, una vez finalizado el proceso de Adecuación interna/Movilidad interna definitiva, la cobertura de plazas por los otros dos procedimientos será equilibrada en cuanto al número de puestos a cubrir por dichas modalidades a la finalización del proceso de apertura del Hospital. Mediante resolución de la Dirección-Gerencia de la OSI Uribe se abrirá un plazo de inscripción para participar tanto en los procesos de Adecuación interna/Movilidad interna definitiva como en el de las Comisiones de servicios. Cuando las características de determinados puestos requieran la acreditación de unos conocimientos determinados, las mismas se especificarán en dicha resolución, indicando los
Todo el BOPV del 8 de agosto de 2016