BOPV nº 140 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 20 de julio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, penetración, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera para el periodo 2016-2018 (Convocatoria Hedabideak).
El artículo 10 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 21.1.h) del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV n.º 78, de 24 de abril), asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, básica de normalización del uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. Asimismo, la Viceconsejería de Política Lingüística asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado». Dicho Consejo aprobó en julio de 2012 el Plan de Acción para la Promoción del Euskera (ESEP), el cual fue ratificado por el Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el 24 de julio del mismo año y refrendado por el Parlamento Vasco el 11 de septiembre de 2013. Dicho Plan elabora las líneas prioritarias recogidas en «Euskara 21. Hacia un pacto renovado», adaptándolas de forma que se puedan llevar a la práctica. En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ha convocado y resuelto anualmente diversas órdenes de subvención sectoriales. Así, mediante la presente Orden, ha acordado regular y convocar la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera para el periodo 2016-2018. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a fortalecer, normalizar y acrecentar la eficacia de los medios de comunicación en euskera, reforzando su capacidad de penetración entre las personas consumidoras (Convocatoria Hedabideak). Artículo 2 Beneficiarias. Esta convocatoria de subvenciones está dirigida a todas aquellas personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de la presente Orden. Las entidades beneficiarias deberán realizar las actividades subvencionables y dirigir sus proyectos a los consumidores de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No obstante, quedan excluidas: a) Las solicitudes formuladas por entidades privadas de capital mayoritar
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