BOPV nº 140 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 8 de julio de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2016, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune.

Plan de Acción del Gobierno Vasco 2014-2016, dentro de su eje segundo «Impulsar la actividad comercial» contempla el apoyo al desarrollo de acciones de dinamización comercial con el objetivo de mantener y atraer demanda a las zonas comerciales en municipios y barrios. Asimismo, contempla la puesta en valor de la colaboración público-privada, estableciendo entre Ayuntamientos y Asociaciones los programas de dinamización de entornos urbanos «Hirigune». Las líneas principales de actuación que se derivan del Plan de Adaptación del Comercio Vasco 2016, están orientadas a fomentar un escenario más competitivo y profesional para el desarrollo del comercio. El mercado sigue avanzando hacia la globalización y el comercio local tiene que tener cada vez más claramente definidas sus herramientas de competitividad y de afianzamiento de estrategias orientadas a la fidelización de sus clientes. Es por ello que, ubicado en el eje estratégico Territorio, se desarrolla el programa de trabajo: Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana. Como consecuencia, satisfacer los gustos y preferencias de los consumidores y las consumidoras, y por ende, mejorar su fidelidad. Este objetivo se debe materializar en estrategias de terciario, impulsadas por acciones de cooperación zonal para la puesta en valor de las oportunidades zonales y/o sectoriales que el entorno ofrece, mejorando como consecuencia el posicionamiento de marca de dicho entorno y asegurando la gestión profesionalizada de los mismos. La colaboración público privada se estima necesaria y clave para la consecución de los fines de este programa, así como para el aprovechamiento óptimo de los recursos existentes. Los proyectos de actuación presentados que serán globales y únicos, de municipio, integrarán todos los objetivos establecidos entre partes, una vez firmado el convenio de colaboración público- privado que servirá de medio o herramienta para la planificación, el seguimiento y la evaluación del proyecto objeto de la subvención. Y, en virtud de ello, RESUELVO : Artículo único Aprobar, en los términos que se recogen en el anexo, las bases reguladoras de la convocatoria, para el ejercicio 2016, del programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA En todo lo no previsto por las bases en materia de procedimiento será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-A

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Publicación oficial en euskadi.eus

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