BOPV nº 136 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2016, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se concede autorización ambiental integrada para la implantación de la actividad de fusión de aluminio a baja presión, promovida por Fagor Ederlan, S. Coop. en el Barrio San Juan n.º 30 de Bergara, Gipuzkoa.
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 20 de abril de 2015, Dña. M.ª Carmen Iñurria Landeras, en nombre y representación de Fagor Ederlan, S. Coop., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada, previa declaración de impacto ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la implantación de la actividad de fusión de aluminio a baja presión, en el término municipal de Bergara. La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto técnico y estudio de impacto ambiental. Fagor Ederlan, S. Coop., junto con su solicitud de autorización ambiental integrada, presenta copia de la solicitud de informe urbanístico al Ayuntamiento de Bergara. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 15 de mayo de 2015, de la Directora de Administración Ambiental, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Fagor Ederlan, S. Coop., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco número 96 con fecha de 26 de mayo de 2015. La notificación a los vecinos colindantes se realizó el 28 de mayo de 2015, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por anuncio publicado en el Boletín Oficial del País Vasco número 127 el 8 de julio de 2015 y en el Boletín Oficial del Estado número 164 el 10 de julio de 2015. Asimismo, la documentación básica del expediente existente en formato electrónico se puso a disposición de los ciudadanos en la página web del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Administración Ambiental solicita el 11 de agosto de 2015 informe al Departamento de Salud y al Departamento de Cultura del Gobierno Vasco; a la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa; a IHOBE y al Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, así como al Ayuntamiento de Bergara, con el resultado que obra en el expediente. En aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental la Dirección de Administración Ambiental remite al promotor con fecha 30 de septiembre de 2015 el resultado del trámite de información pública y consulta a las administraciones afectadas y personas interesadas. Con fecha de 2 de noviembre de 2015 el promotor presenta aclaraciones adicionales requeridas previamente por el Órgano Ambiental en orden a elaborar la presente Resolución. Con fe
Todo el BOPV del 18 de julio de 2016