BOPV nº 136 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 8 de julio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para la participación en competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional en categoría absoluta que se realicen o inicien en el año 2016.
El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura establece mediante la presente Orden una línea de subvenciones para apoyar la participación de entidades deportivas en competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional. La presente convocatoria se realiza por la importancia que tiene para el Gobierno Vasco el fomento de las actividades dirigidas a la participación en competiciones deportivas internacionales como elemento básico para lograr la presencia del deporte vasco en el ámbito internacional y como estímulo para la práctica deportiva general. Así mismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación Política Lingüística y Cultura para 2016 aprobado por la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura publicado en la web del citado departamento, existiendo crédito adecuado y suficiente en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016. Resulta, por tanto, preciso establecer los requisitos y criterios que definan las características que deban cumplir las actividades deportivas para ser consideradas subvencionables, así como las normas que regulen la solicitud, tramitación y concesión de las referidas subvenciones. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden establece el régimen de concesión de subvenciones para la participación en competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional en categoría absoluta que se realicen o inicien en el año 2016 en los términos que este artículo recoge. A efectos de esta Orden, se entenderá por competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional aquellas competiciones incluidas en el calendario oficial de una federación internacional, federación europea o liga profesional de carácter internacional. Dichas competiciones deberán estar orientadas hacia el fomento del deporte de alto nivel. No serán objeto de subvención aquellos programas cuya orientación esté enfocada básicamente hacia el fomento del deporte de participación (deporte de recreación, deporte de ocio, deporte-salud) ni las competiciones deportivas en las que intervengan las selecciones deportivas vascas. Las subvenciones que se concedan para los eventos que se inicien en el año 2016 no podrán destinarse a financiar gastos que no correspondan a dicho ejercicio. Los gastos objeto de subvención corresponderán a transporte, alojamiento, equipaje y logística. En cualquier caso, no podrán acogerse a esta modalidad de subvenciones, y quedarán por tanto excluidos, los proyectos que no garanticen la igualdad de trato entre los dos sexos. Artículo 2 Dotación presupuestaria. La cantidad máxima total para las subvenciones previstas en la presente convocatoria se fija en trescientos cuarenta mil (340.000) euros, de los cuales 210.800 euros corresponden a crédito de pago para el año 2016 y 129.200 euros a crédito de compromi
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