BOPV nº 117 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 31 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo para el curso escolar 2016-2017.
El Decreto 118/1998, de 23 de junio, de ordenación de la respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales, establece en su artículo 11 que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en la actualidad Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, desarrollará las disposiciones administrativas precisas para determinar la dotación de recursos específicos para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales en centros privados concertados. Es por lo que, a tenor de lo previsto en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016. RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto la concesión de ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales (en adelante NEE) y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo (en adelante EAE) para el curso escolar 2016-2017. Se destina a la financiación de las ayudas reguladas en la presente Orden la cantidad de 11.203.000 euros, distribuídos de la siguiente manera: durante el ejercicio 2016, la cantidad de 3.652.178 euros y durante el ejercicio 2017, la cantidad de 7.550.822 euros. No obstante, el importe consignado en este artículo podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de la convocatoria, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios. En caso de agotamiento de los fondos presupuestados, éstos se distribuirán entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos, en la misma proporción que las cantidades calculadas inicialmente para cada una de ellas tuvieran con respecto al importe total necesario para cubrirlas en su totalidad. Artículo 2 Beneficiarios. Podrán optar a la concesión de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que escolaricen, durante el curso escolar 2016-2017, alumnado con NEE y precisen contratar EAE para favorecer la autonomía y el acceso al currículum de dicho alumnado. Artículo 3 Requisitos. No podrán ser beneficiarios de esta convocatoria aquellos centros en que concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o que hubieran sido favorecidos en otro tipo de convocatoria que tenga el mismo objeto. Así mismo, no podrán concurrir a las convocatorias de ayudas reguladas en esta Orden, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, las entidades sancionadas penal o administrativamente con la p
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