BOPV nº 114 · · Salud

ORDEN de 24 de mayo de 2016, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro y colegios oficiales de profesionales de la salud, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal.

Una correcta atención sanitaria a la población depende de múltiples factores, entre los que cobra una singular relevancia la capacitación del personal sanitario, para lo que se requiere un proceso formativo de calidad. Muchas de las actividades de docencia y formación se ejercen a través de entidades de diferente índole, que buscan entre sus objetivos prioritarios la capacitación de sus miembros en particular o incluso la de profesionales en salud en ámbitos más amplios. Así, una vez terminado su primer ciclo de formación, dichos profesionales de la salud tienen acceso a actividades de formación a lo largo de su actividad laboral en el sistema sanitario de Euskadi. Estas actividades son de dos tipos. En primer lugar se ofrecen cursos, dentro del más amplio contenido de este concepto. En ese cometido trabajan los colegios oficiales de profesionales de la salud, las instituciones sanitarias y otra serie de entes entre los que figuran las entidades científicas. Pero además, muchas de estas entidades se potencian como lugares de encuentro para favorecer la comunicación entre profesionales, gestionando así la difusión del conocimiento. Unas veces es en forma de organización de reuniones científicas y otras mediante la edición de publicaciones periódicas. El Departamento de Salud estima positiva e indispensable para la mejora de la salud y el bienestar de las personas afectadas por enfermedades, la colaboración con colegios oficiales profesionales y entidades científicas. Las actividades a subvencionar en la presente convocatoria deben enmarcarse en las áreas prioritarias del Departamento de Salud para esta legislatura, que pueden encontrarse en el siguiente enlace. La presente convocatoria se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2016 del Departamento de Salud, aprobado mediante Orden del Consejero de salud, de 11 de abril de 2016, modificado por Orden de 10 de mayo, que recoge la formación como una de las grandes áreas de actividad subvencional. Por todo ello y teniendo en cuenta, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, respecto a la aplicación de aquellos preceptos declarados de aplicación básica; el Decreto legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco; el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegro de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y demás normativa de general aplicación, En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto regular la convocatoria de ayudas destinadas a financiar los gastos derivados de: La organización de actividades formativas y de difusión de la actividad científica que, dirigidas a profesionales de la salud, se realicen en el año 201

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