BOPV nº 112 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 8 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regulan y convocan los Premios literarios Euskadi en el ejercicio 2016.
De conformidad al Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura las funciones y áreas de actuación relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, y a través del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, a la Dirección de Promoción de la Cultura. Los premios literarios Euskadi, en sus diferentes modalidades, premian la calidad de obras literarias publicadas el año anterior, promocionando así la creación de escritores, traductores e ilustradores en el ámbito de la expresión literaria. Estos premios, convocados anualmente, permiten la divulgación de las obras premiadas y facilita, de este modo, el conocimiento de los autores y autoras, así como del resto de su producción literaria. La repercusión y trascendencia lograda en el sector del libro y la literatura han convertido a estos premios en uno de los instrumentos más idóneos para la promoción y difusión de la literatura vasca. Entre los cometidos que corresponden al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura se encuentra el fomento de actividades que propicien la creación literaria. Por lo tanto, en cumplimiento de sus funciones, el Departamento cree procedente regular y convocar los premios literarios Euskadi en sus diferentes modalidades. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular y convocar los premios literarios Euskadi, en sus siete modalidades: a) Literatura en euskera. b) Literatura en castellano. c) Literatura infantil y juvenil en euskera. d) Traducción literaria al euskera. e) Ilustración de obra literaria. f) Ensayo en euskera. g) Ensayo en castellano. Cada uno de los premios pretende distinguir la obra de aquellas autoras y autores vivos que, conforme al criterio de especialistas en la materia, resulten sobresalientes en cualquiera de los géneros literarios previstos. Artículo 2 Naturaleza de los premios. Los premios literarios Euskadi, estarán dotados con 18.000 euros brutos para cada una de las modalidades, que serán entregados a las y los autores de las obras que resulten premiadas. Las personas premiadas recibirán también un ejemplar numerado de la escultura «Libro Navegable» realizada por José Ibarrola Bellido para los premios literarios Euskadi. El premio conllevará, asimismo, para los autores de las obras premiadas (excepto en la modalidad de traducción al euskera), la concesión de 4.000 euros brutos tras la formalización de un contrato de edición de la obra premiada en un idioma diferente al original. En los casos en
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