BOPV nº 110 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 13 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se autoriza la ampliación de unidades de Educación Especial al centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Presentación de María» de Vitoria-Gasteiz (Álava).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Presentación de María» de Vitoria-Gasteiz (Álava), en solicitud de autorización para la ampliación de una unidad de Educación Especial en dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la Orden de 30 de julio de 1998 (BOPV del 31 de agosto), por la que se establecen criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y dotación de recursos para su correcta atención en las distintas etapas del sistema educativo, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza, a partir del curso escolar 2016-2017, la ampliación de una unidad de Educación Especial al centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 01001267 Denominación específica: «Presentación de María» Titular: Fundación María Rivier Domicilio: Cruz Blanca, 4 Municipio: Vitoria-Gasteiz Territorio Histórico: Álava Autorización: ampliación de 1 aula abierta de Educación Especial. Composición resultante: Educación Infantil 1.º Ciclo: 6 unidades con la siguiente capacidad: 1 unidad para niños y niñas menores de un año con capacidad para 8 puestos escolares. 2 unidades para niños y niñas de uno a dos años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares. 3 unidades para niños y niñas de dos a tres años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares. Educación Infantil 2.º Ciclo: 6 unidades con capacidad para 146 puestos escolares. Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares. Educación Especial: 3 aulas abiertas. Bachillerato: Modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 4 unidades con capacidad para 140 puestos escolares. Formación Profesional: Familia: Servicios Socioculturales y a la Comunidad: Ciclo Formativo de Grado Superior de «Educación Infantil». Capacidad: 1 ciclo. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a la unidad autorizada por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Artículo 3 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimi

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