BOPV nº 110 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN 63/2016, de 1 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la dotación de auxiliares de conversación a centros educativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la dotación de auxiliares de conversación a centros educativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de junio de 2016. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 63/2016, DE 1 DE JUNIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO BASES DE COLABORACIÓN CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE PARA LA DOTACIÓN DE AUXILIARES DE CONVERSACIÓN EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, PARA EL CURSO 2016-2017 En virtud de lo previsto en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, le compete, entre otras acciones, potenciar la proyección de la educación y la cultura españolas en el exterior, integrando esta acción educativa en el marco más amplio de la promoción y difusión de la cultura y de la lengua españolas y de la cooperación internacional. A través del Programa de Auxiliares de Conversación, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte selecciona candidatos procedentes de Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Canadá, China, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Marruecos, Noruega, Nueva Zelanda, los Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia que son destinados a centros docentes españoles de Enseñanza Primaria, Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas de las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas del Estado español. La organización de este programa se fundamenta en los Convenios Bilaterales de Cooperación Educativa, Cultural, Científica y Técnica vigentes entre España y los países participantes en el mismo. En este contexto, el éxito de este programa durante las últimas convocatorias ha propiciado un incremento notable del número de auxiliares de conversación. Es objeto de estas Bases de Colaboración que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adopte las medidas oportunas para seleccionar el número de Auxiliares de Conversación que precise el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco para el curso 2016-2017. La Comunidad Autónoma del País Vasco, de acuerdo con el artículo 16 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del País Vasco vien
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