BOPV nº 104 · · Seguridad
ORDEN de 1 de junio de 2016, de la Consejera de Seguridad, por la que se adopta la decisión sobre la opción prevista en el apartado 12 del artículo 52 del vigente Acuerdo de condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza, para su aplicación respecto de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2015 y 2016.
Mediante Decreto 17/2015, de 17 de febrero, del Gobierno Vasco, por el que se establece la jornada de trabajo anual para el año 2015, para el personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se produjo la traslación al ámbito del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, dentro del cual se encuentra incluido el personal de la Ertzaintza, permiso por asuntos particulares en la redacción que sea establecida sobre el mismo por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que en aquel momento se hallaba cuantificado en cinco días de permiso. En el artículo 75.j) de la Ley de Policía del País Vasco se prevé que el personal funcionario de los Cuerpos de Policía del País Vasco tiene derecho a las licencias establecidas con carácter general en la Ley de la Función Pública Vasca, sin perjuicio de las adaptaciones que en vía reglamentaria puedan adoptarse, como consecuencia de su peculiar estatuto profesional. La regulación del permiso por asuntos particulares prevista en el artículo 52 del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2011, 2012 y 2013, aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero, (BOPV N.º 14, de 20 de enero) contempla la posibilidad de que, a la vista de las necesidades de servicio, el Departamento de Seguridad pueda tomar la decisión de que los funcionarios y funcionarias puedan optar por percibir una compensación económica en lugar del disfrute efectivo de parte de los días de permiso por asuntos particulares. Por Orden de la Consejera de Seguridad, de 2 de marzo de 2015 (BOPV n.º 45, de 6 de marzo), fue adoptada la decisión del establecimiento de la opción por la compensación económica mencionada, sustitutiva del disfrute efectivo de tres días de permiso por asuntos particulares, en aplicación del apartado decimosegundo del artículo 52 del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza. Con fecha de 12 de septiembre de 2015, se produjo la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, se modifica la letra k) el artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el que se estableció que los funcionarios públicos tendrán un permiso por asuntos particulares de seis días al año, lo que venía a incrementar en uno el número de días que podía ser disfrutado por este permiso hasta ese momento. En el presente año 2016, se mantienen las circunstancias que motivaron la decisión adoptada el año anterior y, además, se ha visto incrementada la problemática de hacer compatible el disfrute de sus derechos por parte de los y las ertzainas, con el adecuado mantenimiento del nivel cobertura de las nec
Todo el BOPV del 2 de junio de 2016