BOPV nº 98 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 3 de mayo de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura por la que se convocan subvenciones a los centros docentes privados concertados que imparten ciclos formativos de Formación Profesional para la realización de actividades de formación del profesorado durante el curso 2016-2017.

El Decreto 193/2013, de 9 de abril, establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en su artículo 17, asigna a la Dirección de Formación y Aprendizaje, entre otras, la función de diseñar, aplicar y realizar el seguimiento de un Plan de Formación Permanente del Profesorado de Formación Profesional, con extensión tanto a la actualización como a la especialización del mismo. Este Plan de Formación del Profesorado de Formación Profesional, por una parte, ha de presentar propuestas de formación para garantizar profesorado competente para el buen funcionamiento de la Formación Profesional, y por otra, debe abrir cauces suficientes para facilitar la formación de acuerdo a las demandas sentidas y formuladas por el propio profesorado en ejercicio de la docencia. Para dar respuesta a esas demandas, la Viceconsejería de Formación Profesional pretende fomentar actividades de formación del profesorado en los centros autorizados a impartir ciclos formativos de Formación Profesional, con el fin de mejorar la calidad de su práctica docente en lo referente a la actividad en el aula y a la coordinación pedagógica, consciente como es de que la formación e innovación en los centros está relacionada con el contexto de trabajo y de que esta contextualización facilita el desarrollo de profesionales reflexivos, críticos e investigadores de su propia práctica. Un instrumento clave para planificar a medio plazo la formación del profesorado de Formación Profesional es el Plan de formación del profesorado del centro. Dicho Plan debe partir de las necesidades de formación del profesorado del centro teniendo en cuenta los objetivos y actuaciones prioritarias del propio centro, su oferta formativa y las características de las personas a las que se dirige dicha oferta. La detección de estas necesidades, sistematizada y realizada con la participación del profesorado, muestra cuáles son las acciones formativas que se han de abordar en el Plan de formación del profesorado de formación profesional, que han de ser priorizadas y programadas en función de los objetivos y la organización del centro. De esta priorización y programación se derivará la planificación anual de las acciones de formación del profesorado. En este marco de actuación, para el curso académico 2016-2017, se pretende impulsar decididamente la aplicación de metodologías activo-colaborativas en los procesos de formación y aprendizaje así como la utilización de herramientas 2.0 en dichos procesos. Por tanto, las acciones formativas que contribuyen a la mejora de las competencias del profesorado de Formación Profesional en estas materias, que se incluyan en la planificación anual, tendrán una especial consideración en el marco de las ayudas reguladas en la presente Orden. Por todo ello, RESUELVO : CAPÍTULO I OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y REQUISITOS Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de con

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