BOPV nº 98 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 22 de abril de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación «Iñaki Lejarreta Fundazioa»

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación «Iñaki Lejarreta Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 3 de febrero de 2016 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación «Iñaki Lejarreta Fundazioa», fundada por Mairi Lejarreta Telletxea, Iratxe Lejarreta Errasti, Ismael Lejarreta Arrizabalaga. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo Reunida la Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, con la finalidad de verificar la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como su viabilidad económica, ha emitido el 14 de abril de 2016 informe favorable a su inscripción. Tercero Los fines de la Fundación, según establece el artículo 3 de sus estatutos, son los siguientes: Promover, realizar, financiar y apoyar el fomento del deporte y su relación con la naturaleza, con la finalidad de mantener viva la memoria de Iñaki Lejarreta Errasti, a través del cumplimiento de sus principios, disfrutar del deporte y la naturaleza con respeto. Cuarto Conforme disponen los artículos 5 y 6 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle Abeletxe Auzoa número 40, 48240 Bérriz (Bizkaia), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Quinto La dotación inicial asciende a la cantidad de 500,00 (500 euros). Se presenta informe de experto independiente acreditando la viabilidad económica de la Fundación. Asimismo, se acredita documentalmente la realidad de dicha aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Sexto La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, conforme lo previsto en los estatutos fundacionales. Séptimo El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia en el cargo indefinida del Presidente y Secretaria y temporal, hasta el 28 de enero de 2021, del resto de los miembros de dicho órgano de gobierno: Presidente/a: don Ismael Lejarreta Arrizabalaga. Secretario/a: doña Iratxe Lejarreta Errasti. Vocal: don Aitor Idigoras Lasaga. Vocal: don Valentín Tejero Gómez. Vocal: don Mikel Isasi Iriondo. Vocal: don Ekaitz Barraincua Besoitagoena. Vocal: don Eneko Lejarreta Elcorobarrutia. Todos las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 12.1 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corre

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