BOPV nº 96 · · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute
RESOLUCIÓN, de 12 de mayo de 2016, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, que regula y convoca el premio de traducción Etxepare-Laboral Kutxa.
El Instituto Vasco Etxepare (IVE) tiene, de conformidad al artículo 3 de su Ley de creación, entre sus fines, contribuir a dar a conocer y a difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo y apoyando en especial la oferta cultural creada en euskera. El artículo 19.2.g) del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare (en adelante IVE) establece que el Instituto tiene, entre otras funciones, la promoción de la literatura. El IVE y Laboral Kutxa han renovado con fecha de 12 de abril de 2016 el convenio de colaboración firmado el 15 de junio de 2015, al considerar ambas partes oportuna la promoción fuera de nuestro territorio de la traducción de literatura escrita originariamente en euskera y al objeto de colaborar en la concesión de un premio a la traducción de una obra literaria. Por esa razón, DISPONGO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. El objeto de esta convocatoria es conceder un premio a una traducción de una obra literaria escrita y publicada originariamente en euskera. Artículo 2 Naturaleza del premio. El premio será concedido en virtud de la calidad de la traducción y de la planificación promocional de la editorial. Por tal motivo, el premio será compartido por la editorial y el/a traductor/a. Artículo 3 Recursos económicos. El premio será de 4.000 euros. La editorial y el/a traductor/a serán quienes perciban esa cantidad, la mitad cada una de las partes. Además del premio, quienes reciban el premio podrán percibir hasta 2.000 euros más para asistir al reparto del premio o para continuar con la labor de promoción en el país de la edición (presentaciones, actividades, campañas publicitarias, entrevistas en los medios...). Artículo 4 Condiciones que deben cumplir las candidaturas. Pueden solicitar la solicitud el/a traductor/a, la editorial o cualquier otra persona física o jurídica promotora del ámbito de la literatura o la traducción. La traducción debe haber sido publicada en 2015. Debe tratarse de la traducción de una obra literaria escrita y publicada originariamente en euskera. Artículo 5 Lugar y plazo de presentación de las candidaturas. El plazo de presentación de las solicitudes será un mes, a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPV. La solicitud (Anexo I) y la documentación deberán presentarse en la siguiente dirección: IVE. Edificio Tabakalera. Plaza de las Cigarreras, n.º 1, 20.012 San Sebastián (de 08:30 a 14:00 horas). Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en las oficinas Zuzenean del Gobierno Vasco y por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992 (de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común). El anexo estará disponible en la dirección http://www.etxepare.eus Artículo 6 Documentación a presentar. Junto con la hoja de solicitu
Todo el BOPV del 23 de mayo de 2016