BOPV nº 96 · · Medio Ambiente y Política Territorial

ORDEN de 6 de mayo de 2016, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves amenazadas y se publican las zonas de protección para la avifauna en las que serán de aplicación las medidas para la salvaguarda contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

La creciente demanda de energía eléctrica exige el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural, lo que suele implicar un alto riesgo de electrocución y colisión de la avifauna. En la actualidad este problema es una de las principales causas de mortalidad no natural más frecuente en este grupo de vertebrados. Para minimizar los efectos negativos que dichas infraestructuras ocasionan sobre las aves se publicó el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas aéreas de alta tensión. El artículo 4 de dicho Real Decreto establece que el órgano competente de cada comunidad autónoma, previo informe de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y mediante resolución motivada, delimitará las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local correspondientes a su ámbito territorial, y dispondrá la publicación de las zonas de protección para la avifauna en su respectivo ámbito territorial, siendo los criterios para la designación de las mismas los siguientes: a) Los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. b) Los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas o en los catálogos autonómicos. c) Las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, o en catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no estén ya comprendidas en las correspondientes a los dos párrafos anteriores. La propuesta de delimitación de áreas prioritarias para la avifauna de País Vasco en aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión fue remitida a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, con fecha 4 de marzo de 2015, emitiendo dicha Comisión, su informe favorable en fecha 30 de abril de 2015. Bajo lo anteriormente expuesto y en el marco de las competencias y funciones que me confiere, en materia de protección del medio natural el Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, RESUELVO : Artículo 1 Se delimitan, en el ámbito de la CAPV, las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas aéreas de alta tensión, siendo estas zonas las siguientes: a) Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Actualmente, en

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