BOPV nº 78 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 117/2016, de 13 de abril de 2016, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se da cumplimiento a la ejecución de la Sentencia 247/2015, de 14 de abril de 2015, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, relativa al Sindicato Médico de Euskadi, Concurso de Traslados 2012 - categoría de Médico (puestos funcionales de Facultativo Especialista Médico de Familia EAP y de Facultativo Especialista Médico Pediatría EAP).

Vista la sentencia n.º 247/2015, de 14 de abril de 2015, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y examinado el expediente administrativo a que el mandato judicial se refiere en base a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En el contexto del Concurso de Traslados 2012, se aprueba la convocatoria de la categoría de Médico (puestos funcionales de Facultativo Especialista Médico de Familia EAP y de Facultativo Especialista Médico Pediatría EAP), del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios sanitarios, en virtud de la Resolución 413/2012, de 26 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 76, de 18-04-2012). Segundo En virtud de la Sentencia n.º 247/2015, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, se desestima el recurso de apelación interpuesto por Osakidetza-Servicio vasco de salud contra la Sentencia n.º 123/2013, de 30 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Contencioso n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, que estimaba el recurso interpuesto por el Sindicato Médico de Euskadi, en el Procedimiento Abreviado n.º 343/2012, relativo al Concurso de Traslados 2012 categoría de Médico (puestos funcionales de Facultativo Especialista Médico de Familia EAP y de Facultativo Especialista Médico Pediatría EAP). Tercero Considerando el contenido del pronunciamiento judicial de referencia, el interés general y la situación jurídica de los participantes del Concurso de Traslados 2012 en la categoría de Médico (puestos funcionales de Facultativo Especialista Médico de Familia EAP y de Facultativo Especialista Médico Pediatría EAP), y habiendo contado con la colaboración del Sindicato Médico de Euskadi para la concreción de los términos de cumplimiento de la sentencia, se viene a dictar la presente Resolución. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, la ejecución del fallo judicial, en virtud de las atribuciones que le confieren la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y la Resolución 514/1999, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, sobre delegación de funciones en materia de personal (BOPV n.º 158, de 19 de agosto de 1999). Segundo En los Juzgados y Tribunales del orden de lo contencioso-administrativo reside la potestad de hacer ejecutar lo juzgado y en las partes del proceso la obligación de acatar sus sentencias y resoluciones, dando cumplimiento a las mismas en la forma y términos que en éstas se consignen, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 103.1 y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En virtud de la sentencia n.º 247/2015, se desestima el recurso de apelación presentado por Osakidetza-Servicio vasco de salud, indicando que

Buscar en todo el BOPV