BOPV nº 69 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2016, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se renueva la designación a Tradelab, S.L. como organismo autorizado de verificación metrológica de refractómetros, de sonómetros, calibradores acústicos y dosímetros; y, se le amplía en termómetros y registradores de temperatura.

Referencia: 01-OV-1015. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 15 de diciembre 2015, D. Guillermo Marín Jiménez en representación de la empresa Tradelab, S.L., con domicilio en c/ Huesca, 71 bajos, 26005 Logroño (Rioja), solicita renovación de la designación de organismo autorizado de verificación metrológica en refractómetros y ampliación de la misma en sonómetros, calibradores acústicos y dosímetros, termómetros y registradores de temperatura. Por Resolución de 9 de julio de 2014, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, se amplió el alcance de la designación a Tradelab, S.L. como organismo autorizado de verificación metrológica, de medidores personales de exposición sonora (dosímetros). Por Resolución de 19 de julio de 2013, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, se designó a Tradelab, S.L. organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos registradores de temperatura y termómetros, sonómetros y calibradores acústicos y refractómetros automáticos para mostos de uva (tipo I y II). Para la designación y ampliación del alcance como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaria General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/283 emitido por ENAC, acompañado del Anexo Técnico, Rev. 6 de fecha 31-07-2015, en el que figuran entre otros, sonómetros, calibradores acústicos, los medidores personales de exposición sonora, refractómetros, registradores de temperatura y termómetros. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 190/2013, de 9 de abril (BOPV de 24-04-2013), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 32/2014, de Metrología, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Resolución de 29 de noviembre de 2007. La Orden ITC/3701/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de registradores d

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